Más allá de la multa: lo que el caso TikTok revela sobre la fiscalización de la LGPD en Brasil

El caso TikTok muestra cómo la ANPD está llevando la rendición de cuentas bajo la LGPD a un plano más concreto, exigiendo bases legales válidas y evidencia de que los mecanismos de verificación de edad y las medidas de cumplimiento funcionan eficazmente en la práctica.

Contributors:
Ana Silvia Martins
CDPO/BR
Partner
Failla Lima e Riva Advogados
Maria Eduarda Andrade
CDPO/BR
Lawyer
Failla Lima e Riva Advogados
En agosto de 2026, la autoridad brasileña de protección de datos, la Agência Nacional de Proteção de Dados, impuso a ByteDance Brasil, entidad responsable de TikTok, una multa de BRL 153,7 millones por infringir la Ley General de Protección de Datos de Brasil en el tratamiento de datos personales de niños, niñas y adolescentes. La cuantía de la sanción es relevante por sí sola, pero la decisión también ofrece pistas importantes sobre la forma en que la ANPD está consolidando su enfoque de fiscalización. El análisis no se limitó a verificar la existencia de una base legal para el tratamiento. También examinó la eficacia de las medidas preventivas y la capacidad del responsable para demostrar, con elementos concretos, el cumplimiento de la ley.
La investigación comenzó en 2021, a raíz de una denuncia presentada ante la autoridad, y se prolongó durante varios años. Durante ese período, ByteDance debió proporcionar aclaraciones e información adicional sobre sus actividades de tratamiento. La ANPD también analizó evaluaciones de impacto en protección de datos presentadas por la empresa y posteriormente ordenó la adopción de medidas correctivas.
El caso terminó desarrollándose a través de dos procedimientos relacionados. El procedimiento de fiscalización se concentró en la corrección de las irregularidades identificadas y dio lugar, entre otras medidas, a un plan de cumplimiento y a la implementación de mecanismos vinculados a la verificación de edad y a la representación o asistencia legal de los adolescentes. En paralelo, un procedimiento administrativo sancionador separado resultó en la multa de BRL 153,7 millones y en la constatación de infracciones de la LGPD. A septiembre de 2026, este último continúa formalmente en curso.
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